Aproximación al verdadero gasto militar

GASTO MILITAR ESTATAL

«GASTO MILITAR» es un concepto que, al igual que ocurre con muchos otros, responde a «realidades» muy diversas según la intencionalidad de quien lo utilice. Así, y partiendo de la concepción más estrecha a la más amplia, podemos encontrarnos, entre otras, las definiciones que de forma muy sucinta a continuación exponemos.

Criterio Mº Defensa: Tiene en cuenta, única y exclusivamente, el presupuesto inicial[1] asignado al Mº de Defensa una vez aprobados los Presupuestos Generales del Estado para el año en cuestión.

Criterio OTAN: Lo primero que hay que dejar claro es que la definición OTAN sobre Gasto Militar está oficialmente calificada como «secreta», con lo cual, hemos de basarnos en diferentes interpretaciones que, aunque con numerosas discrepancias entre ellas, al menos coinciden a la hora de señalar que para la OTAN el Gasto Militar debería contabilizarse teniendo en cuenta, además del presupuesto del Mº de Defensa, las partidas destinadas a:

  • Pensiones militares (no contabilizadas en el presu­puesto del Mº de Defensa)
  • Cuerpos paramilitares (en el caso del Estado espa­ñol, la Guardia Civil)
  • La ayuda militar a otros países (incluyendo material e instrucción)

Criterio investigador@s por la paz: Parten de la base de una clasificación previa de las partidas que componen el Gasto Militar Total, divididas en tres apartados:

  1. las no cuantificables, por no ser conocidas (p.ej. las inversiones en infraestructuras técnicas de apoyo a las Fuerza Armadas costeadas por el Mº de Obras Públicas) o de difícil cuantificación (p.ej. los gastos de los municipios, ayuntamiento a ayuntamiento, en reclutamiento).
  2. las tardíamente conocidas, como por ejemplo el presupuesto final, es decir, lo realmente gastado en cada anualidad, más allá de lo inicialmente presupuestado, y que suele conocerse con varios años de retraso, al realizarse la “liquidación presupuestaria” correspondiente.
  3. las inicialmente conocibles y calculables, que son en las que basan sus análisis. Por ejemplo, los informes anuales de Vicenç Fisas sobre el gasto militar en el Estado español [2], a los que recurriremos en este trabajo en diversas ocasiones, incluyen:

• El presupuesto inicial del Mº de Defensa

• Las Clases Pasivas de carácter militar

• El presupuesto de la Guardia Civil

Los costes de la objeción de conciencia

Las contribuciones del Mº de Asuntos Exteriores a organismos militares internacionales (OTAN y UEO)

Los presupuestos de los Organismos Autónomos dependientes del Mº de Defensa y de la Guardia Civil

Las aportaciones desde otros Ministerios (por ejemplo, desde el Mº de Industria a Programas de material militar durante 1997)

Criterio Rémy Herrera (OCDE). La inclusión del gasto policial: Según el documento elaborado por Rémy Herrera sobre el tema «GASTOS MILITARES Y DESARROLLO» para el Centro de Desarrollo de la OCDE (Organización de Cooperación y Desarrollo Económico)[3]– y, por lo tanto, difícilmente calificable por nadie de «panfleto antimilitarista»-, habitualmente el concepto de Gasto Militar «prioriza las cuestiones interestatales y la noción clásica de «guerra» en el ámbito de las relaciones internacionales conflicti­vas, tendiendo siempre a subestimar la imbricación creciente de los conflictos internos». Es por ello que considera que «sería pertinente ampliar el concepto de gastos militares integrando en él la totalidad o una parte de los medios desarrollados por un Estado para mantener la seguridad interna y el orden público».

Según el autor «estas acciones de mantenimiento del orden, realizadas por distintas fuerzas del Estado (militares, unidades paramilitares, policiales, gendarmes, guarda fronteras, servicios de acción e información), justificadas por la razón de Estado e intervinientes en contextos políticos extremadamente variados (frente a las luchas de motivaciones revolucionarias, socioeconómicas, étnicas o comunitarias, religiosas, separatistas o independentistas, etc.) aparecen difícilmente separables de las operaciones de defensa nacional en sentido estricto» ya que, como señala a continuación, «la naturaleza de estas acciones y el objetivo final son frecuentemente el mismo: asegurar el funciona­miento del modelo social y de la economía nacional y, fundamen­talmente, garantizar la supervivencia, el poder y la identidad. (…) En otros términos, el Estado, como grupo político sería, retomando la terminología utilizada por M.WEBER, «la instancia que dispone del monopolio de la violencia física»», dejando claro más adelante que «la defensa nacional y la seguridad interior constituyen, en el marco de la concepción clásica de las finanzas públicas, el principal hecho justificante de la intervención del Estado en la economía de mercado».

Y aunque, aparentemente, este criterio podría suponer un nuevo y mayor alejamiento entre los conceptos de Gasto Militar y Presupuesto de Defensa, para el autor sucede lo contrario ya que «el término de «gastos militares» recupera así la expresión de «presupuesto de defensa» llegándose a confundir, a veces, estas dos nociones, en la medida en que el concepto de aplicación de los gastos militares se extiende más allá de la simple concepción de la defensa exterior, al constituir un agregado estadístico comprendido en el concepto de recursos destinados al esfuerzo de la defensa nacional, entendida en sentido amplio».

Criterio de los Colectivos “TRITON” y «GASTEIZKOAK»: Desde nuestra perspectiva antimilitarista, entendemos como Gasto Militar todo aquel presupuesto destinado por los diferentes centros de poder (tanto políticos como económicos, ideológicos o militares), desde sus diversas estructuras (locales, estatales o supraestatales) a mantener y/o potenciar el uso o la amenaza de su monopolio de la violencia (interna y/o externa) como forma de defender y preservar un Sistema en el que unos pocos ostenten el Poder, al tiempo que impedir que aquell@s que «todavía» no se han convencido de la «bondad natural de ese Sistema», se empeñen en construir otro realmente justo, solidario e igualitario, y, por lo tanto, todos y cada uno de los conceptos hasta ahora indicados en los diversos criterios señalados.

Por ello, a la hora de contabilizar el gasto, pensamos que a las partidas que contabiliza el Centro de Investigaciones por la Paz, habría que añadirles las correspondientes a:

  • El gasto policial (es decir Ministerio, Departamento o Consejería de Interior)
  • La diferencia entre el presupuesto inicial y el final, tanto para Defensa como para Interior (en base a las “obligaciones reconocidas” a final de año, y por lo tanto habría que contabilizarlas con un año de “retraso”)
  • El tanto por ciento correspondiente a Defensa e Interior de los intereses que ha de pagar el Estado por la emisión de Deuda Pública.

De igual forma, pensamos que no se deberían incluir los presupuestos de los Organismos Autónomos dependientes de Defensa e Interior, por considerar que incurriríamos en una doble contabilización, al estar ya recogidos, a nuestro entender, en los respectivos presupuestos ministeriales bajo el concepto “Transferencias a Organismos Autónomos” (excepción hecha de los posibles ingresos propios derivados del cobro de tasas, etc., pero normalmente de una transcendencia poco apreciable)

En cualquier caso, siendo nuestra voluntad el acercar el “gasto militar contabilizable” al “verdadero gasto militar”, intentaremos en próximos años ir actualizando esta definición de gasto militar.

EL GASTO MILITAR EN LA C.A.P.V.

Los especiales condicionamientos de la cuantificacion del Gasto Militar en la C.A.V.

Señalábamos en el apartado anterior, la imposibilidad práctica para cuantificar el Gasto Militar Total y la necesidad, por tanto, de circunscribirnos al Gasto Militar Cuantificable. Pues bien, en el caso de la cuantificación del Gasto Militar en la CAV, a estos problemas se le añaden los específicos de su particular forma de financiación, y de la transferencia estatal o no de las competencias presupuestarias, según se trate de un capítulo u otro. Es por ello que hemos optado por establecer dos grandes bloques:

  • el que se deriva de hallar la parte destinada a cofinanciar los diversos conceptos del Gasto Militar a nivel estatal -siguiendo los datos aportados por el Colectivo “TRITON”- para aquellas materias en las que el Gobierno Vasco no posee aún competencias, y para lo cual utilizamos el llamado Cupo Vasco (actualmente y hasta el 2001, el 6,24%) como tanto por ciento a aplicar, por estimarse que ese es el peso de la CAV en la renta de todo el Estado español
  • y el relativo al montante destinado en los Presupuestos de la CAPV al Departamento de Interior, (pues si bien es verdad que dentro de éste existen partidas que como las destinadas a Parque Móvil, Tráfico y Educación Vial, Atención de Emergencias, Procesos Electorales o Juegos y Espectáculos, no parecen corresponder al concepto en este informe analizado, su escasísima importancia conjunta dentro del presupuesto del Departamento de Interior -no llega al 5%-, se vería compensada por la no inclusión de la parte correspondiente al gasto que en Policía Nacional y Guardia Civil presentes en la CAV desembolsa el Estado, que no contabilizaremos.), al que hay que añadirle tanto la parte correspondiente al Departamento de Interior de los intereses que ha de pagar el G.Vasco por la emisión de la Deuda Pública Vasca, más los ingresos propio -vía tasas- de la Academia de Policía.

La suma de estos dos grandes apartados nos dará una primera idea aproximativa del Gasto Militar en la CAV, cifra que no obstante podemos estimar sin temor a equivocarnos inferior al 70% del Gasto Militar Total (contabilizable o no), pues a los conceptos no cuantificables anteriormente señalados, en el caso concreto de la CAV habría que incluir las importantísimas cantidades que desde diferentes Departamentos (Industria, Comercio, Trabajo, Universidades e Investigación…) y Administraciones (Gobierno Vasco, Diputaciones, Ayuntamientos) se conceden anualmente a las fábricas de armamento que en elevado número tenemos la desgracia de soportar en Euskadi[4].

 

NOTAS

[1] Insistimos en lo de «inicial» porque con frecuencia la diferencia entre lo inicialmente presupuestado y lo realmente gastado al finalizar el año es considerable, habiendo llegado a darse casos (finales de los 80) en que el presupuesto final del Mº de Defensa suponía un 150% del presupuesto inicial.

[2] Ver los diferentes “Anuarios del CIP” (Centro de Investigación para la Paz), Icaria Editorial S.A., Barcelona

[3] HERRERA, Rémy: «LOS DATOS ESTADISTICOS RELATIVOS A LOS GASTOS MILITARES EN LOS PAISES EN DESARROLLO. Conceptos, problemas metodológicos y fuentes». O.C.D.E., 1994

[4] Por poner un ejemplo, sólo durante el año 1993 las diferentes Administraciones vascas aprobaron ayudas y subvenciones al Grupo GAMESA (Grupo Auxiliar Metalúrgico S.A.) por un total de 15.000 millones de pesetas.

 

Colectivo Gasteizkoak

Documento de trabajo elaborado para grupos antimilitaristas vascos, Otoño de 1992

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